Mínimos para el retorno de desplazados por Hidrotiuango


Medellín, 11 de abril de 2013


Doctora:
MARIA EUGENIA RAMOS VILLA
Directora
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACION


Cordial saludo.

El Movimiento Ríos Vivos agradece sus buenos oficios para la puesta en marcha de propuestas que conlleven a solucionar las problemáticas generadas por la construcción de Hidroituango en un contexto tan complejo como el que genera la agudización del conflicto armado en la zona. 

Cumpliendo con el compromiso establecido el día de hoy en horas de la mañana hacemos llegar a ustedes lo que consideramos los mínimos para un retorno de las más de 300 personas afectadas del proyecto Hidroituango que se desplazaron desde el 17 de marzo de 2013 a la ciudad de Medellín y que se encuentran hoy en el Coliseo de la Universidad de Antioquia.

Mientras se pueden adelantar gestiones sobre los aspectos relativos al retorno, solicitamos de manera inmediata, requerir a las autoridades competentes de la ciudad de Medellín en colaboración con las departamentales para que dispongan de URGENCIA las medidas de atención humanitaria que amerita la situación de riesgo por el desplazamiento de los afectados del Proyecto Hidroituango, luego de las acciones de estigmatización, señalamiento, agresiones y capturas ilegales, así como de aquellas derivadas de forma directa de la ejecución del megaproyecto hidroeléctrico Hidroituango como son los Desalojos Forzosos a los que han sido sometidas muchas de estas personas y aquellas originadas propiamente en la situación de conflicto armado que se presenta en la zona y que coloca en riesgo permanente a la población civil, siempre bajo el entendido de Promover el Retorno como un interés prioritario para el Movimiento.

Garantías para el retorno:

  1. Una acción de reconocimiento público, ampliamente difundida, de la legitimidad de la labor de defensa de los derechos humanos (civiles, políticos y de los DESCA) que realizan las personas afectadas por el proyecto hidroeléctrico Hidroituango agrupados en el Movimiento Ríos Vivos. Ese acto de reconocimiento público deberá ser efectuado por el Gobernador de Antioquia, en su calidad de presidente de la Junta Directiva de la Sociedad Hidroituango S.A. EPS, dueña del proyecto y del Alcalde de Medellín en representación de EPM, entidad ejecutora de las obras.  
  2. Se disponga que tanto las autoridades militares y de policía que tienen mando en los municipios de Toledo, Briceño, San Andrés de Cuerquia, e Ituango cesen los actos de estigmatización y señalamientos a los afectados por el proyecto Hidroituango, que hacen parte del Movimiento Ríos Vivos. Para tal efecto la Gobernación de Antioquia y Empresas Públicas de Medellín deben solicitar al Ministerio de Defensa expedir una directiva en la que se concrete dicho compromiso por parte de los integrantes de la Fuerza Pública, que será entregada al Movimiento Ríos Vivos, señalando la violación de normas constitucionales y legales por tal conducta ilícita y la autoridad competente para investigar esas transgresiones. Lo anterior de conformidad con la Directiva No. 12 de 2010 expedida por la Procuraduría General de la Nación, Y la Directiva Presidencial No.07 de 1999.
3.      Convocar a una sesión del Comité de Orden Público por parte del Gobernador de Antioquia con la participación de los Comandantes de la VII División del Ejército, IV Brigada del Ejército, de la Policía Antioquia y de la Regional Seis de la Policía, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 11 del decreto 2615 de 2011 y artículo 9 del decreto 2093 de 2003 en concordancia con los artículos 93 y 94 de la Carta Política, con quienes se buscará un compromiso para que cesen los señalamientos y la estigmatización sobre el Movimiento Ríos Vivos que reúne a los afectados por el proyecto, así mismo el compromiso para que los integrantes de la FFPP excluyan de sus lugares de campamento las escuelas, los centros comunitarios y las zonas cercanas a las viviendas de la población civil. Posterior a la misma debe ser enviada el acta de dicha sesión al Movimiento Ríos Vivos.
4.      Averiguar con las autoridades judiciales sobre si éstas han dado inicio a indagaciones preliminares en contra de afectados del proyecto hidroeléctrico Hidroituango que hayan ejercido el derecho a la movilización y si han ordenado dentro del programa metodológico la toma de fotografías, los registros en video y de documentos a dichas personas, entre otros actos de indagación. Además si han sido puestos a disposición de alguna autoridad judicial las tomas fotográficas y videos realizados por la SIJIN a las asambleas, marchas y concentraciones  de los afectados realizadas desde el año 2010.
5.      Fijar las fechas para la celebración de reuniones con sus respectivos temas a profundizar, enmarcados en la necesidad del abordaje y solución de las problemáticas generadas por el proyecto Hidroituango para continuar el proceso de interlocución con la Gobernación de Antioquia, EPM y el Movimiento Ríos Vivos.
6.      A raíz de las dificultades que se están presentando al derecho a la circulación de los campesinos y sus medios de transporte en áreas de construcción del proyecto, aceptadas por el Dr. Jorge Mario Pérez, en la reunión del día de hoy, se precisa una aclaración  mediante un documento difundido públicamente,  de las medidas restrictivas de la movilidad, sus razones y los mecanismos mediante los cuales se espera superar dichas restricciones, en perspectiva de brindarle a la población mejores condiciones de vida en el sitio donde habitan. Así mismo, identificar claramente los funcionarios que limitan la circulación y quienes son los responsables de superar los inconvenientes que genera dicha situación. 

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