Detalles para la memoria

El 16 de diciembre del 2010 fueron desalojadas 22 personas de las playas del sector de Tenche, cuyos 19 ranchos fueron destruidos por la fuerza pública, la historia de este desalojo se inicia en el mes de mayo de 2010 cuando no se incluyeron entre 10 a 12 personas en el censo de este sector, no obstante, todos salieron con engaños esperando ser incluidos en el censo posteriormente, los demás firmaron el contrato de reconocimiento de medida transitoria por cese de actividad económica y comenzaron a recibir mensualmente $700.000.  Las personas excluidas al no percibir ingresos deciden volver a trabajar en estas playas a las que por la condición nómada de los mineros y mineras ya habían llegado otras personas. Personal del proyecto recoge documentación personal e insiste que esperen el Censo al tiempo que se inician los trabajos en El Palmar, parte alta del sector de Tenche.  El día 15 de julio 17 personas ante los trabajos que ponían en riesgo sus vidas y ante la no resolución de su situación deciden realizar un paro de la maquinaria, retroexcavadoras y volquetas, esta acción contó con el apoyo de dos de sus compañeros censados a los que se les retuvo el cheque por su participación en el paro.  Hasta el momento los 24 mineros desalojados no han recibido razón alguna sobre su situación, en las oficinas de la zona no obtienen respuesta y los funcionarios del Proyecto les dicen que hay que esperar a que salga la negociación.
Uno de los mineros interpuso una acción de tutela por el debido proceso en el juzgado municipal de Ituango.  Esta fue fallada en primera instancia en su contra y el argumento principal considerado por la juez fue que la intención era pedir una indemnización y la tutela no era el mecanismo indicado.  El minero presentó la tutela a segunda instancia por considerar que no se le dio respuesta al derecho que tutelaba, aún espera el fallo.
Por otra parte, en el municipio de Briceño, a partir del 25 de enero de 2011, fueron notificados alrededor de 150 mineros, mediante resolución de la alcandía municipal.  En los considerandos de dicha resolución se usa una declaración juramentada de un minero censado, cuyos extractos se tergiversan al sacarse de contexto.  Los mineros notificados presentaron en el tiempo correspondiente recursos de reposición ante la resolución y hasta el momento no han recibido respuesta. No obstante, mientras radicaban los recursos en el casco urbano los vigilantes privados destruyeron algunos de los ranchos de los mineros.

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